Información a Tener en Cuenta
Art. 40: Mesa especial de examen ante Tribunal:
Todo estudiante tendrá derecho a Mesa examinadora especial en los siguientes casos:
1. Cuando adeudare hasta dos materias del último año de la carrera para finalizar sus estudios.
2. Cuando, por razones de enfermedad, causa grave de Índole familiar, laboral u otros motivos debidamente justificados, fehacientemente comprobados en tiempo y en forma, no pudiera presentarse a rendir examen en la fecha y horario estipulado, hasta tres veces a lo largo de su carrera.
3. Cuando caducaren los Planes de Estudio con los cuales cursó.
4. Cuando se adeudare hasta dos unidades curriculares requeridas para cursar los talleres de docencia/prácticas Profesionalizantes correspondientes correlativos.
Para solicitar una Mesa Especial se deberá descargar la planilla de solicitud de Mesa Especial
Luego de completarla, entregarla en Secretaría.